Los productos light están cada vez más presentes en los lineales de los supermercados y son resultado de una creciente preocupación por el sobrepeso y sus consecuencias negativas en la salud. Pero hay que tener precaución con estos productos porque light no significa ausencia total de calorías. Deben consumirse con moderación, fijándose siempre en la composición nutricional. Así, un producto bajo en grasa puede contener mucho azúcar o viceversa y, por tanto, el aporte de calorías no será tan bajo como pensábamos.
En un alimento “light” o “ligero” el aporte energético tiene que ser inferior a su alimento de referencia. Siempre tienen que partir de otros ya presentes en el mercado, sean naturales o procesados. Los productos light se someten a procesos de eliminación, reducción o sustitución de sus componentes con el fin de conseguir una menor densidad energética.

Los productos light se someten a procesos de eliminación, reducción o sustitución de sus componentes con el fin de conseguir una menor densidad energética.

Para conseguirlo, manteniendo el sabor, se utilizan dos técnicas: reducir los azúcares, sustituyéndolos por edulcorantes, y disminuir o sustituir las grasas.
En el primer caso, los edulcorantes confieren sabor a los alimentos y es una alternativa al consumo de azúcar común o a la fructosa (azúcar de la fruta y la miel). Aportan poca energía, no producen caries y no influyen en los niveles de azúcar.
En el caso de las grasas, las sustancias que se emplean como sustitutivos se clasifican en dos grupos, los miméticos y los sustitutos. Los primeros simulan la textura de la grasa pero no la sustituyen completamente. Los sustitutos, o imitadores de grasa, son similares a las grasas desde el punto de vista físico y químico, aportando el sabor y la untuosidad de la grasa.
Todos ellos se utilizan para elaborar un gran número de productos: lácteos, salsas, helados, confituras, quesos, mayonesas, mermeladas, natas líquidas, batidos, pan tostado, mantequillas, yogures…
Los productos light son productos dirigidos a personas con sobrepeso o diabetes que tienen que limitar el consumo de caloría y o azúcares.
En España, se rigen por el acuerdo elaborado en 1990 por la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA) que les obliga a cumplir tres requisitos:

  • Que exista un alimento de referencia
  • Que el valor energético sea al menos un 30% menos que el alimento de referencia
  • Que el etiquetado indique el porcentaje de reducción de calorías y el valor energético.

Sin embargo, en estudios realizados recientemente, se han detectado etiquetados deficientes y otros que incorporan mensajes que confunden al consumidor. Según el último estudio realizado por Eroski Consumer, de 52 alimentos tipo light analizados, más de la tercera parte no alcanzaban el 30% de la reducción del aporte calórico y tres de cada cuatro eran más caros que sus equivalentes convencionales.
En definitiva, los alimentos light deben consumirse moderadamente, tener en cuenta que no siempre reducen como debieran su aporte calórico y que, en su mayor parte, son más caros que sus referentes convencionales.
 
 

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