El 13 de diciembre comenzará a aplicarse un nuevo reglamento (1169/2011) para que los alimentos y bebidas envasados suministren mejor y más claramente la información al consumidor. “Cada vez le preocupa más la composición, el origen y las cualidades nutricionales de los alimentos”, afirma José María Ferrer, jefe del Departamento de Legislación de AINIA centro tecnológico. “Precisamente, por este motivo la UE ha decidido unificar la legislación existente hasta ahora en esta materia en un solo reglamento, que establezca las condiciones necesarias para que el etiquetado sea mucho más comprensible para los consumidores”.
Con el objetivo principal de informar al consumidor de manera más directa, serán 10 los cambios más importantes que el comprador podrá verificar, según Ferrer:
1. La letra de las etiquetas deberá ser más grande y legible. Por ejemplo, para los envases de más de 80 cm2 el tamaño mínimo de letra será 1,2 mm de altura, y en los de tamaño inferior de 0,9 mm.
2. Mayor visibilidad para alertar sobre posibles alérgenos: se usará una tipografía diferente: color distinto, otro tipo de letra o que aparezca marcado en negrita.
3. El etiquetado nutricional será obligatorio para todos los alimentos. No se podrá ocultar la información sobre energía, grasas saturadas, hidratos de carbono, proteínas, azúcares y sal. Debe mostrarse de manera agrupada según la porción, puede ser por 100g o 100mg. De este modo, el consumidor conocerá los nutrientes del alimento que ha comprado, pero la etiqueta también le informará sobre la cantidad diaria recomendada que debe consumir de cada alimento, especialmente de vitaminas y minerales.
4. Se distingue entre “congelado” (obligatorio para la carne, productos de pesca no transformados y productos cárnicos) y “descongelado”, en aquellos productos que han sido descongelados antes de ponerlos a la venta.
5. Se tendrá que especificar el origen de los productos, afectando de forma especial a los productos cárnicos. Se especificará también el país de procedencia del ingrediente primario.
6. Hasta ahora se indicaba solo si la procedencia de las grasas era vegetal, animal o si eran grasas hidrogenadas, pero ahora se tendrá que detallar qué tipo de aceite vegetal contiene: si es de girasol, de oliva o de palma. Sin embargo, la presencia de grasas trans seguirá sin tener que indicarse, a la espera de la resolución en 2016.
7. Los alimentos que aparentemente están elaborados de un solo tipo de carne o pescado, pero que son la suma de varios combinados con otros ingredientes, deben estar especificados. En concreto, son los que se comercializan bajo la denominación ‘Elaborado a partir de…’, y que ahora deberán incluir los aditivos alimentarios, las enzimas y si tienen proteínas añadidas de origen animal diferente.
8. Hay menciones adicionales que serán obligatorias, como si el producto ha sido envasado en atmósfera protectora, o si contiene edulcorantes, cafeína, ácido glicirrícico o sal de amonio, fitoesterol, entre otros.
9. Las bebidas alcohólicas o refrescos con alcohol de más de 1,2 % tendrán que especificar el grado alcohólico.
10. El etiquetado de nanoingredientes será obligatorio. Todos los nanomateriales estarán en la lista de ingredientes, si están presentes en el producto final, seguidos de la palabra “nano”. Se consideran nanoingredientes aquellos nanomateriales que cumplan la función directa o indirecta de un ingrediente.
Fuente: elcorreo.com
http://www.elcorreo.com/bizkaia/sociedad/salud/vida-sana/201411/18/nuevo-etiquetado-alimentos-informara-20141118122203-rc.html